Qué hacemos
- Exequátur de sentencias extranjeras de divorcio, condena o cualquier otra materia
- Reconocimiento y ejecución de laudos arbitrales extranjeros
- Redacción de cláusulas de ley aplicable, jurisdicción y arbitraje
- Representación en arbitrajes comerciales nacionales e internacionales
- Apostillas, legalizaciones y traducciones de documentos
- Asesoría a venezolanos en el exterior con bienes o procesos en Venezuela
Cuándo consultarnos
- Obtuvo una sentencia en el exterior que debe surtir efecto en Venezuela.
- Firma un contrato con una empresa de otro país.
- Tiene un laudo arbitral que quiere ejecutar contra bienes en Venezuela.
- Necesita usar en Venezuela un documento otorgado en otro país.
Base legal
- Ley de Derecho Internacional Privado (1998)ley aplicable, jurisdicción y requisitos de eficacia de sentencias extranjeras.
- Ley de Arbitraje Comercial (1998)arbitraje en Venezuela.
- Convención de Nueva York de 1958reconocimiento de laudos extranjeros (vigente para Venezuela).
- Convención de La Haya de 1961 (Apostilla)documentos públicos extranjeros.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el exequátur y cuándo hace falta?
Es el procedimiento por el cual un tribunal venezolano declara que una sentencia dictada en el exterior produce efectos en Venezuela. Hace falta, por ejemplo, para inscribir en Venezuela un divorcio decretado fuera o para ejecutar una condena de pago contra bienes en el país. El tribunal verifica que la sentencia sea firme, que se respetó el derecho de defensa, que el tribunal extranjero era competente y que no contradice el orden público venezolano.
¿Se puede pactar un arbitraje en el extranjero con una empresa venezolana?
Sí. Las partes pueden pactar arbitraje con sede en Venezuela o en el exterior, y elegir las reglas de una institución (por ejemplo, la CCI) o un arbitraje ad hoc. Venezuela es parte de la Convención de Nueva York, lo que facilita reconocer y ejecutar el laudo en el país, salvo en materias que la ley venezolana reserva a sus tribunales.
¿Cómo uso en Venezuela un documento firmado en otro país?
Si el país es parte del Convenio de La Haya sobre la Apostilla, basta con apostillar el documento en ese país; si no lo es, debe legalizarse ante el consulado venezolano. Si está en otro idioma, necesita traducción por intérprete público venezolano.